Por Gonzalo Ruiz Diaz, Economista Asociado de Macroconsult
Un estudio realizado por Hinojosa y D’Medina en 2016, aplicado a 19 países de la región, evalúa la presencia o no de una correlación entre la orientación ideológica de los gobiernos de turno y la utilización de mecanismos de concesión o asociación público-privada (APP), como herramienta de promoción de inversión en infraestructura. Sorpresivamente, los resultados muestran que no existe una asociación clara, evidenciando que tratándose de cierre de brechas sociales y de infraestructura, los gobiernos independientemente de su color político, han mantenido una posición pragmática, antes que ideológica.
En Uruguay, a mediados de 2011, durante el gobierno del Presidente Mujica se aprobó una ley de APP. En el marco de dicha Ley, en 2015 se otorgó a una empresa privada el diseño, construcción y mantenimiento de una penitenciaria y ese mismo año, ya durante el gobierno de Tavaré Vasquez (también de orientación socialista), se suscribió el contrato de concesión de una carretera de 179 kilómetros en los departamentos de Colonia y Soriano.
En Chile, entre 2000 y 2006, el presidente Ricardo Lagos, puso en marcha un importante programa de APP en carreteras urbanas en la ciudad de Santiago. Entre 2006 y 2010, Michele Bachelet concesionó la construcción y operación de los hospitales de Maipú y La Florida en Santiago por US$313 millones. Años más tarde, en 2015, durante su segundo gobierno se adjudicó por segunda vez la concesión del Aeropuerto Internacional de Santiago.
En Brazil, Lula Da Silva inicia su gobierno impulsando una ley de APP aprobada en 2004, aplicable a proyectos promovidos desde sus distintos niveles de gobierno (estatal o municipal). Durante su gestión, se adjudicaron diversos proyectos, destacando la construcción y operación de una hidroeléctrica con un costo de US$6.8 miles de millones (Santo Antonio) y la adjudicación de un complejo penal en el Estado de Minas Gerais.
¿Qué razones explican esta persistencia en el uso de la figura de las APP?
Una primera razón, esta relacionada con la disponibilidad de recursos fiscales. Mientras la obra pública obliga al Estado a asumir parte del riesgo de financiamiento, a través de adelantos de fondos al contratista, la APP permite diferir esos pagos hasta que la obra esté terminada. En el caso del Perú, la ejecución de proyectos esenciales y prioritarios, como las Lineas de metro 3 y 4, entre otras, como obra pública (incluso con acuerdos gobierno a gobierno), implicaría sacrificar recursos fiscales hoy necesarios para otros fines (salud o educación).
Una segunda razón, esta vinculada con la necesidad de garantizar el mantenimiento y operatividad de la infraestructura, tarea en la que el Estado ha mostrado un alto nivel de ineficacia e ineficiencia. Una tercera, se deriva de la especialización y experiencia necesaria para el desarrollo de proyectos de alta complejidad o con un importante componente tecnológico.
Si bien nuestro sistema de APP requiere ajustes, su fortalecimiento es ineludible para afrontar con éxito los retos que tiene el país en materia de servicios públicos e infraestructura.