Por Sandra Flores, Economista Sénior de Macroconsult
La Asociación Internacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersex (ILGA), es una federación mundial que lucha por la igualdad de los derechos humanos de la población LGBTI. Como parte de su trabajo, desde el año 2016 publica el informe anual “Homofobia de Estado”, en donde hace una recopilación sobre las cuestiones jurídicas relacionadas con la orientación sexual.
La publicación más reciente de este informe identifica que hay 69 países donde tener actos sexuales consensuales entre personas del mismo sexo es considerado un delito. Estos países se encuentran distribuidos en África, Asia, América Latina y Oceanía. Siendo África y Asia, los que concentran a la mayor proporción (78.3%). Si bien el solo hecho de considerar como crimen el no ser heterosexual ya refleja la extrema vulnerabilidad que hoy en día sufre esta población, un hecho importante a no perder de vista es que, en algunos de estos países de África y Asia, la pena máxima es la muerte.
En el caso de América Latina, los países en donde tener actos no heterosexuales son considerados ilegales, son islas pequeñas, en donde si bien la pena máxima no es la muerte, en algunos de ellos lo es la cadena perpetua. Por otro lado, si bien en el resto de los países de LATAM, estos actos no son considerados ilegales, es importante resaltar que la protección y reconocimiento de esta población sigue siendo limitada.
En el caso específico de Perú, se puede decir que se ha avanzado, ya que hoy en día los actos de discriminación por motivo de orientación sexual son un delito, protección que también se aplica al ámbito laboral. Sin embargo, debe resaltarse que esta tipificación es reciente, los artículos del Código Penal referentes a este punto se actualizaron en el año 2017. Durante el 2004 al 2017, se consideraba que el recurso de amparo era el más adecuado en los actos de discriminación, previo al año 2004 no se identifica una designación de protección.
Si bien actualmente en el Perú esta población está protegida contra actos de discriminación, tanto de manera amplia como en términos laborales, esto no ha reducido su nivel de vulnerabilidad y temor de expresarse. De acuerdo, con la Primera Encuesta Virtual para personas LGBTI (INEI, 2017), el 57% de la población LGBTI siente temor de expresar su orientación sexual, por miedo a ser discriminado, perder a la familia y/o perder el trabajo. Sobre este último punto, en el país aún no hay estadísticas que permitan describir las inequidades en el mundo laboral de esta población; sin embargo, el estudio “Diagnóstico nacional sobre la discriminación hacia personas LGBTI en México” (CEAV, 2018), permite tener un bosquejo de ello. En esta publicación se revela que la población LGBTI enfrenta discriminación desde la búsqueda de trabajo, puesto que algunas empresas mantienen prácticas discriminatorias en los métodos de selección. Asimismo, el estudio encuentra que las personas LGBTI tienen menos ingresos que los heterosexuales.
La población LGBTI es aún desprotegida en el mundo. Si bien en el Perú se ha avanzado en políticas de protección, esta aún es limitada. Se cuentan con pocas estadísticas que permita caracterizar adecuadamente a esta población para poder canalizar sus necesidades. Continúa siendo una población no reconocida y vulnerable, sobre la cual se tiene que seguir trabajando por sus derechos.